RED UNIVERSITARIA DE SISTEMAS EMBEBIDOS
RUSE

Entre la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional Buenos Aires, representada por su Decano; Dr. Ing. Carlos Rosito, la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de la Plata, representada por su decano; Dr. Ing. Marcos Actis, el Departamento de Ingeniería Eléctrica y Computadoras de la Universidad Nacional del Sur, representada por su Decano; Ing. Guillermo Kalocai, la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Nacional de Córdoba, representada por su Decano; Ing. Roberto Terzariol, la Facultad Regional Buenos Aires de la Universidad Tecnológica Nacional, representada por su Decano; Ing. Guillermo Oliveto, acuerdan celebrar la presente acta acuerdo de Cooperación Académica, Científica y Tecnológica para desarrollar el área de vacancia referida a los Sistemas Embebidos, Microprocesadores, Diseño Digital Avanzado y todas las actividades que comprendan el uso de dispositivos digitales en el ámbito nacional y que se regirá por las siguientes cláusulas:

Artículo 1º: Se acuerda constituir la Red Universitaria de Sistemas Embebidos RUSE.

Artículo 2º: Los objetivos de RUSE son:

A. Promover la capacitación de los recursos humanos en temáticas relacionadas con los sistemas embebidos y el diseño digital a través de espacios de formación académica como el auspicio de cursos de extensión abiertos a la industria y los profesionales en general, seminarios de capacitación para docentes de instituciones miembros de la Red, talleres, y experiencias de campo.

B. Facilitar el intercambio de docentes e investigadores dentro de RUSE como docentes invitados, de acuerdo a las modalidades y reglamentaciones específicas de cada integrante de la red.

C. Promover la participación de docentes miembros de la red en el dictado de materias de Posgrado en las Disciplinas relacionadas con los Sistemas Embebidos y el Diseño Digital Avanzado en la codirección de las Tesis respectivas en las instituciones participantes.

D. Instrumentar mecanismos de cooperación entre las Unidades Académicas para la disposición y uso compartido de equipamiento y software específico y otros recursos de acceso no masivo.

E. Instrumentar mecanismos de cooperación entre las Unidades Académicas miembros con organismos públicos y privados para la realización conjunta de proyectos de investigación y transferencia tecnológica.

F. Instrumentar mecanismos de cooperación entre las Unidades Académicas miembros de la Red a efectos de elaborar y unificar criterios en relación a planes de estudios, y la adecuada actualización de sus contenidos, acorde con los constantes cambios de las disciplinas involucradas, como así también en planes de mejora que cada Unidad pudiera plantearse. Se propondrán acciones concretas para lograr el reconocimiento recíproco por equivalencia de actividades curriculares entre diferentes planes de estudio de las UAs integrantes de la red, considerando las restricciones particulares en este aspecto de cada UA.

G. Instrumentar mecanismos para que los alumnos de grado de las Unidades Académicas miembros puedan realizar total o parcialmente las Prácticas Profesionales Supervisadas, Proyectos Finales de carrera o de Tesis de grado, o Pasantías en proyectos de investigación y/o desarrollo, en las distintas Unidades Académicas, relacionados con los sectores productivos y/o de servicios que involucren a los sistemas embebidos y al diseño digital avanzado.

H. Fomentar el intercambio de alumnos para cursar asignaturas electivas en las distintas Unidades Académicas.

I. Difundir, articular, promover, fomentar, e instrumentar mecanismos de cooperación estrecha con la Asociación Civil para la Promoción, Investigación y Desarrollo de los Sistemas Electrónicos Embebidos.

J. Articular transitoriamente con los posgrados vigentes en Sistemas Embebidos y en Diseño Digital Avanzado para contribuir a la generación de nuevos posgrados sobre la misma área de vacancia en diferentes puntos geográficos y estratégicos de país.

K. Promover en forma conjunta acciones tendientes a difundir, concientizar, motivar y captar interés en la comunidad, en particular la de estudiantes de nivel medio, a los efectos de lograr y sostener una matrícula adecuada a la necesidad de formación de recursos humanos en esta área de vacancia.

L. Realizar toda otra actividad académica, tecnológica y científica relacionada con los sistemas embebidos y al diseño digital avanzado, que sea de mutuo interés.

Artículo 3º: A los efectos de la realización de actividades descriptas en el artículo anterior, cada Unidad Académica mantendrá su autonomía financiera y administrativa.

Artículo 4º: Para la realización de las actividades previstas en al Artículo 2º las Unidades Académicas se comprometen a facilitar el intercambio de Docentes de grado y posgrado, coordinado entre las partes interesadas los gastos que demanden el traslado, viáticos y otros gastos involucrados de los profesores intervinientes, según lo estipulado para cada caso y con las condiciones que se establezcan de común acuerdo

Artículo 5º: Las Universidades Académicas miembros que organicen actividades y eventos que estén comprendidos dentro de los alcances de la presente acta acuerdo, y que hayan previsto algún sistema de bonificaciones para sus propios docentes, egresados y alumnos, extenderán estos beneficios para todos los integrantes de RUSE en iguales condiciones.

Artículo 6º: La coordinación de RUSE se llevará a cabo por una Comisión que estará constituida por un integrante y un suplente nombrado por cada Unidad Académica miembro interviniente, la que será presidida en forma rotativa por cada uno de los integrantes. La misma será renovada cada doce (12) meses.

Artículo 7º: Las diferencias que se produzcan como consecuencia de la aplicación de la presente acta acuerdo, serán resueltas con la intervención de un mediador elegido por RUSE entre el resto de los representantes de las distintas Unidades Académicas no involucrados en la cuestión.

Artículo 8º: La presente Acta Acuerdo tendrá una vigencia de cinco (5) años a partir de la fecha y será renovada automáticamente por iguales períodos, salvo presentación en contrario efectuada por algunas de las partes integrantes con una antelación mínima de treinta días a la culminación del
período.

Artículo 9º: RUSE podrá admitir nuevos miembros por simple mayoría de votos previa presentación por escrito de una copia de esta acta, avalada por el Decano de la Unidad Académica solicitante. A tal efecto se firmará un acta complementaria por todos los integrantes de RUSE.

Artículo 10º: Cualquiera de los miembros podrá solicitar, mediante nota firmada por el Decano correspondiente, la desvinculación de la red. La red mantendrá su integridad como tal en tanto conserve al menos tres integrantes. Caso contrario, quedará inactiva hasta que esta situación se modifique.

En prueba de conformidad se firman cinco ejemplares de un solo tenor y a un solo efecto en el mes de Agosto de 2013 por los respectivos miembros Fundadores correspondientes a: la Universidad Nacional de la Plata, la Universidad Nacional de Buenos Aires, la Universidad Nacional del Sur, Universidad Tecnológica Nacional y la Universidad Nacional de Córdoba.

 

 

 

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